El convenio o protocolo familiar en la empresa representa un acuerdo integral y minuciosamente detallado, establecido por los miembros de una familia propietaria de un negocio. Su principal objetivo es asegurar tanto la cohesión interna de la familia como la perdurabilidad de la empresa dentro del ámbito familiar.

Este acuerdo no solo es un documento jurídico independiente de las normas que rigen las sociedades mercantiles, sino que también busca estructurar adecuadamente las interacciones entre los miembros de la familia y la empresa, evitando posibles interferencias entre estas dos áreas. Fundamentalmente, este acuerdo sirve como un instrumento esencial para planificar y facilitar una transición generacional ordenada en la dirección y propiedad de la empresa familiar.

Las compañías familiares a menudo se enfrentan al reto de cómo gestionar la transición de liderazgo y propiedad de una generación a otra. Por lo tanto, es crucial entender los elementos fundamentales de este convenio familiar y contar con el asesoramiento de expertos en la materia.

Aspectos fundamentales del convenio familiar incluyen:

Prevención de disputas: Se configura como un conjunto de pactos realizados por los integrantes de la familia empresaria con el fin de fijar normas claras que rijan la interacción entre la familia y el negocio, evitando así malentendidos y disputas.

Regulación de la empresa: Actúa como una herramienta para dictar cómo debe operar la empresa y el nivel de involucramiento de la familia, con el objetivo de asegurar la sostenibilidad y el avance del negocio.

Diversidad de contenidos: Este convenio abarca temas de naturaleza jurídica, así como asuntos éticos o morales, como los valores y la cultura de la familia, reflejando la diversidad de elementos que componen la gestión familiar y empresarial.

Integración de cláusulas: El acuerdo incluye cláusulas contractuales firmadas por todos los familiares, las cuales tienen un efecto vinculante entre ellos y pueden influir en otros documentos legales de la empresa, como los estatutos de la sociedad.

Visión compartida de la familia y la empresa: Su finalidad última es forjar un proyecto común que fortalezca los lazos familiares y fomente un compromiso unificado hacia el negocio, minimizando así la posibilidad de conflictos.

Diferencias con el contrato de sociedad: El convenio familiar se distingue del contrato de sociedad, el cual es un acuerdo entre dos o más personas que deciden aportar bienes o servicios para un objetivo común, usualmente con el fin de obtener ganancias. Mientras que el contrato de sociedad se centra en la creación y gestión de un negocio con el objetivo de repartir beneficios, el convenio familiar se orienta a armonizar las relaciones entre los miembros de la familia y su empresa, con la intención de mantener la empresa en la familia y prevenir desacuerdos.

Además, a diferencia de los contratos de sociedad, en un convenio familiar no se requieren aportaciones de capital por parte de los firmantes, ya que se asume que la empresa ya está establecida y los miembros de la familia ya tienen asignadas sus participaciones o acciones en la misma.

Impugnación De Acuerdos, conflicto familiar

Wesalla S.A

Se comenta la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, núm. 104/2002, de 8 de abril.
Se analiza la eficacia jurídica de un protocolo familiar con contenido de carácter ético y moral frente a la sociedad y entre los socios de ésta.

Por otro lado, se estudian los requisitos jurisprudenciales sobre la impugnación de acuerdos de la Junta General, que se hacen a partir de alegaciones del demandante que afirma que dichos acuerdos son tomados como “represalias familiares” por motivos de mala relación entre parientes que engloba la empresa familiar.

conflicto entre hermanos

Sociedad Hermanos Padilla

Comentario de la sentencia Audiencia Provincial de Cádiz, Sección 5ª, Sentencia 117/2013 de 5 Marzo 2013, en la que se realiza un estudio sobre las reglas de interpretación del Protocolo familiar, junto las disposiciones que prevé el Código Civil para su aclaración.

pactos parasociales, protocolo familiar

Grupo Zapata

Se comenta la importante sentencia del Tribunal Supremo núm. 120/2020 sobre la eficacia del protocolo familiar y los pactos parasociales.

Protocolo empresa familiar

Grupo Gedeco

Resumen: Recurso interpuesto por: don José Antonio Magdalena Anda, en representación de doña M.T.A.P. Contra: Registro Mercantil de Madrid 11. La Dirección General desestima íntegramente el recurso presentado por la parte actora.  OBTENER EN PDF: RESOLUCIÓN. 2008 9 30 DGRN OBTENER EN PDF: COMENTARIO EXTENDIDO. DGRN Resolución De 30 Septiembre 2008     DGRN Resolución de 30 septiembre 2008  …

titular del negocio familiar

Floristería ISA

En el presente comentario se analiza una empresa familiar irregular, por la que se insta una acción de división sobre los locales en que se llevaba a cabo la actividad económica de la empresa.
En una de las pruebas practicadas por el tribunal para acreditar la titularidad del negocio familiar, se hace referencia al Protocolo familiar que intentaron llevar a cabo las partes, y que el juez le da una eficacia y lo reconoce como un “contrato civil particular”.

sucesión empresa familiar

Empresa INMA S.L y EISSL

La Sentencia objeto de análisis versa sobre un conflicto de trasfondo sucesorio del Grupo SOLDEVILA, compuesto por dos empresas familiares matrices. La familia firmó un protocolo familiar, por el cual se regulaba el derecho de separación, y en su caso, la metodología de valoración en el que se procedería para tasar las participaciones del socio que se separa, además de incluir una serie de penalizaciones debido a la ejercitación del derecho de separación previsto también en el propio protocolo.
El conflicto versa sobre la alegación del socio que se separó del grupo de empresas, que tras unos años de efectuar su separación, insta a litigar a las partes, defendiendo haber inaplicado lo establecido en el propio Protocolo Familiar, tasando las participaciones como una mera compraventa, y no como un hecho jurídico producido por una separación del socio, que por lo tanto, la tasación debería corresponderse a lo que se insta en el Protocolo.

Denuncia A Los Hijos conflicto familiar

El Enebro S.A

Se comenta la sentencia del Tribunal Supremo, número 256/2015, de 20 de mayo.
Se analiza el caso de una Empresa Familiar, en la que el padre, D. Belarmino, fundador originario de El Enebro S.A. interpone denuncia contra sus hijos para hacer valer su derecho de usufructo vidual que ostentaba frente a un bloque de acciones de la empresa, el cual sus descendientes aseguraban haber prescrito el derecho real de usufructo por no haberlo ejercido tras veintidós años, y que además, por causa de modificaciones estructurales entre varias sociedades de la misma familia, aseguran haber perdido el objeto (en este caso las acciones) en las que el demandante ostentaba el derecho de usufructo.

Bonpeu

Bonpreu

Convenio arbitral Sumisión por las partes a un procedimiento arbitral en virtud de una Cláusula de sumisión dispuesta en el Protocolo Familiar. VER SENTENCIA: Sentencia núm. 26/2017 VER COMENTARIO EXTENDIDO: COMENTARIO EXTENDIDO. Procedimiento Arbitral BONPREU HOLDING, SL   Derecho de separación Se analiza la sentencia sobre la empresa familiar BONPREU, constituída por dos hermanos en que tras…

acuerdo familiar

Alcances Agrupados, S.L

Se comenta la Sentencia de la Audiencia Provincial de Teruel, núm. 81/2010 de 20 de abril, referido al Protocolo Familiar.
En dicho comentario se analiza el carácter contractual que tácitamente se le da al Protocolo familiar, y el derecho de separación de los socios conforme al contenido de los Estatutos y del Protocolo familiar hecho por la Familia Alvaro que integra la empresa familiar ALCANCES AGRUPADOS, S.L.

Separación de La Sociedad familiar

Afher Eurobelt S.A

La Sentencia objeto de análisis versa sobre la controversia de la empresa familiar, AFHER EUROBELT, S.A , que tras la muerte del socio fundador, los cuatro hermanos hijos del causante, toman posesión de las acciones de la entidad mercantil, ostentando los cuatro cargos en el órgano administrador de la sociedad. Tras varios conflictos familiares, la socia Doña Asunción, ejerce el derecho de separación de la sociedad, que por contrapartida, sus tres hermanos se oponen a la aplicación del derecho de sujeción alegando el contenido legal de la Ley de sociedades de capital, Estatutario, y del Protocolo Familiar firmado por los cuatro litigantes.

Recurso dl notario contra el registrador mercantil

Aceros y Servicios Integrados, S.A

Comentario sobre la resolución de la DGRN, número 9615/2018 de 26 de Junio
Resolución favor de: Don Javier Máximo Juárez González, Notario de Valencia
Resolución en contra de: Don Carlos Javier Orts Calabuig, Registrador Mercantil III Valencia