La revocabilidad de las donaciones con definición
El TSJ de las Islas Baleares niega la revocabilidad por ingratitud de una donación con pacto de definición.
El TSJ de las Islas Baleares niega la revocabilidad por ingratitud de una donación con pacto de definición.
El Tribunal considera que la nulidad de una cláusula por la que se niega el carácter de condición resolutoria al incumplimiento de las cargas no implica la nulidad del pacto sucesorio, pero probado dicho incumplimiento, considera pertinente su revocación.
La Audiencia Provincial de Girona resuelve el contrato de compraventa de participaciones al no transmitirse junto a éstas la carga real impuesta por el pacto sucesorio.
Comentario a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 19 de septiembre de 2022. La Audiencia Provincial de Barcelona considera que un pacto parasocial en que se determina expresamente una cantidad adeudada por todos los socios a uno de ellos es válido y eficaz en sí mismo, sin ser necesario que el socio…
RESUMEN: Comentario de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala Civil y Penal, número 47/2015 de 15 de junio de 2020, sobre la nulidad del laudo arbitral por Acuerdo familiar. OBTENER EN PDF: SENTENCIA. Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, de 15 Junio 2015, núm.47 2015 OBTENER EN PDF. COMENTARIO EXTENDIDO TSJCAT Núm.47 2015 15…
Resumen: Comentario a la Sentencia de 6 de noviembre de 2020, núm. 373/2020 Audiencia Provincial de Girona, Sección 2ª, de lo Civil; la sentencia analizada dirime sobre la naturaleza del contenido de un convenio firmado por los los socios de una empresa familiar. El convenio concierna ciertas dudas sobre las diferentes cláusulas del convenio ya que se…
Cuestión que se plantea: Determinar si, en el caso de pactos sucesorios de los llamados de presente, es decir, aquellos en los que la adquisición se produce en vida del causante de la adquisición -y, por ello, antes de su fallecimiento-, para determinar la aplicación de una reducción de la base imponible, se han de aplicar…
Resumen: Determinar si, en el caso de pactos sucesorios de los llamados de presente, es decir, aquellos en los que la adquisición se produce en vida del causante de la adquisición -y, por ello, antes de su fallecimiento-, para determinar la aplicación de una reducción de la base imponible, se han de aplicar las reglas y…
La Sentencia objeto de análisis versa sobre un conflicto de trasfondo sucesorio del Grupo SOLDEVILA, compuesto por dos empresas familiares matrices. La familia firmó un protocolo familiar, por el cual se regulaba el derecho de separación, y en su caso, la metodología de valoración en el que se procedería para tasar las participaciones del socio que se separa, además de incluir una serie de penalizaciones debido a la ejercitación del derecho de separación previsto también en el propio protocolo.
El conflicto versa sobre la alegación del socio que se separó del grupo de empresas, que tras unos años de efectuar su separación, insta a litigar a las partes, defendiendo haber inaplicado lo establecido en el propio Protocolo Familiar, tasando las participaciones como una mera compraventa, y no como un hecho jurídico producido por una separación del socio, que por lo tanto, la tasación debería corresponderse a lo que se insta en el Protocolo.
Se comenta la sentencia del Tribunal Supremo, núm. 191/2019, de 27 Marzo de 2019, Sala primera, de lo Civil.
Se analiza un interesante caso sobre una Empresa Familiar, BARUES ZARAGOZA S.A. que realiza una serie de negocios de permuta y compraventa, en los cuales se produce una adquisición derivativa de sus propias participaciones sociales procedentes de la propiedad de sus socios, cuyo hecho podría interponerse una acción de nulidad, pero por las características dadas en este determinado caso, se entiende que la adquisición fue meramente instrumental con la finalidad de distribuir el patrimonio de la familia que forma parte de la empresa familiar.