Bases imponibles negativas y beneficio de explotación
Las bases imponibles negativas no se integran en el beneficio de explotación a efectos de calcular la liquidación del usufructo de acciones o participaciones sociales.
Las bases imponibles negativas no se integran en el beneficio de explotación a efectos de calcular la liquidación del usufructo de acciones o participaciones sociales.
Para adquirir el derecho a votar en las participaciones sin voto, el presupuesto de falta de distribución del dividendo mínimo se entiende cumplido por el transcurso del plazo legal para celebrar la junta general ordinaria.
El TS extiende la facultad de cese ad nutum de un administrador al nombramiento de uno nuevo, a pesar de no figurar en el orden del día, en un supuesto en el que la sociedad se dirige por administrador único.
El pacto de prohibición de disponer y reserva de disposición en favor del donante no alteran, necesariamente, la naturaleza de la donación inter vivos.
El Tribunal Supremo considera que, al aplicar la reducción por empresa familiar, puede acudirse a la estructura del grupo para determinar la existencia de actividad económica.
En los casos de responsabilidad por deudas del art. 367 LSC, la responsabilidad del nuevo administrador lo será por las deudas acaecidas desde que adquiere el cargo, como ya prevé la nueva redacción dada por la Ley 16/2022.
El principio de interés más necesitado cesa, en todo caso, tras la liquidación del régimen económico matrimonial, sin que sea posible usarlo para alegar un mejor derecho a la hora de practicar la liquidación.
La omisión en la convocatoria del régimen del derecho de información específico del art. 272.2 LSC para la aprobación de cuentas anuales vicia de nulidad la convocatoria.
En caso de renuncia pura y simple donde opere una sustitución vulgar el parentesco a tener en cuenta a efectos del ISD es, en principio, el del sustituto.
El Tribunal Supremo fija la fecha de la obligación de restitución deriva del incumplimiento de un contrato de ejecución continuada a efectos de la acción de responsabilidad por deudas en el momento del ejercicio de la acción.