Cuentas anuales y abuso de la mayoría
El Tribunal Supremo niega la posibilidad de que los acuerdos de aprobación de cuentas anuales y de gestión social puedan ser contrarios al interés social o impuestos por abuso de la mayoría.
El Tribunal Supremo niega la posibilidad de que los acuerdos de aprobación de cuentas anuales y de gestión social puedan ser contrarios al interés social o impuestos por abuso de la mayoría.
El Tribunal Supremo admite la posibilidad de que, surgida la responsabilidad a una entidad administradora de una compañía por las deudas sociales surgidas con posterioridad a la aparición de la causa de disolución, pueda, en el mismo instante, surgir la responsabilidad de los administradores de la entidad responsable si esta también se halla incursa en causa de disolución.
El Tribunal Supremo rechaza las pretensiones resolutoria e indemnizatoria al considerar probado que el recurrente incumplió, al igual que el demandado, de forma reiterada el acuerdo de socios.
La Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) ha reconocido a Jordi de Juan, director de la Cátedra de Empresa Familiar Bosch-Aymerich, el sexenio de investigación del periodo 2017 a 2022 en el campo del Derecho y la Jurisprudencia.
Se publica el Modelo 718 para liquidar el Impuesto Temporal de Solidaridad a las Grandes Fortunas, que grava a aquellas personas físicas cuyo patrimonio neto supere los 3 millones de euros.
El Tribunal Supremo fija como doctrina que la opción de amortizar o enajenar las propias participaciones pervive tras la superación del plazo límite para deshacerse de las participaciones propias.
La Audiencia Provincial de Girona resuelve el contrato de compraventa de participaciones al no transmitirse junto a éstas la carga real impuesta por el pacto sucesorio.
El Tribunal Supremo reitera su doctrina conforme a la que la nulidad de acuerdos por invalidez de votos exige que éstos fueran determinantes para alcanzar las mayorías exigidas.
El Tribunal Supremo entiende que el momento en que es efectivo el derecho de separación se produce con el pago o reembolso del valor de las participaciones o acciones, manteniendo en el ínterin los derechos y obligaciones que ostenta en su condición de socio.
El Dr. De Juan analiza la compatibilidad con el principio de capacidad económica, a la luz de la reciente sentencia que declaraba inconstitucional la plusvalía municipal, con el Impuesto sobre Actividades Económicas.