sucesión empresa familiar

Empresa INMA S.L y EISSL

La Sentencia objeto de análisis versa sobre un conflicto de trasfondo sucesorio del Grupo SOLDEVILA, compuesto por dos empresas familiares matrices. La familia firmó un protocolo familiar, por el cual se regulaba el derecho de separación, y en su caso, la metodología de valoración en el que se procedería para tasar las participaciones del socio que se separa, además de incluir una serie de penalizaciones debido a la ejercitación del derecho de separación previsto también en el propio protocolo.
El conflicto versa sobre la alegación del socio que se separó del grupo de empresas, que tras unos años de efectuar su separación, insta a litigar a las partes, defendiendo haber inaplicado lo establecido en el propio Protocolo Familiar, tasando las participaciones como una mera compraventa, y no como un hecho jurídico producido por una separación del socio, que por lo tanto, la tasación debería corresponderse a lo que se insta en el Protocolo.

Separación de La Sociedad familiar

Afher Eurobelt S.A

La Sentencia objeto de análisis versa sobre la controversia de la empresa familiar, AFHER EUROBELT, S.A , que tras la muerte del socio fundador, los cuatro hermanos hijos del causante, toman posesión de las acciones de la entidad mercantil, ostentando los cuatro cargos en el órgano administrador de la sociedad. Tras varios conflictos familiares, la socia Doña Asunción, ejerce el derecho de separación de la sociedad, que por contrapartida, sus tres hermanos se oponen a la aplicación del derecho de sujeción alegando el contenido legal de la Ley de sociedades de capital, Estatutario, y del Protocolo Familiar firmado por los cuatro litigantes.

Redistribuir las acciones de todas las sociedades familiares

Revocar donación acciones o participaciones sociales, si el donatario imputa al donante por un delito

Se comenta la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 577/2019 de 5 de Noviembre. Se analiza un caso sobre un Grupo de empresas familiares que ostentan su llevanza el padre de familia, junto con su primera esposa y sus siete hijos.
Con la finalidad de redistribuir las acciones de todas las sociedades familiares por partes iguales, tal como así figuraba esta pretensión en el protocolo familiar firmado por todos ellos, los hijos donaron un conjunto de acciones a su padre, que posteriormente, cinco de sus hijos, los hoy demandantes, invocaron una acción de revocación de dicha donación, alegando que concurría una causa del artículo 648.2 del Código Civil, que permite revocar las donaciones cuando el donatario impute al donante por un delito. El padre denunció a sus hijos por los delitos de administración fraudulenta, delito de imposición de acuerdos abusivos en uso de posición mayoritaria y de obstrucción a la supervisión de la gestión de la sociedad, todos ellos comprendidos en el código penal.

Fallecimiento del fundador de la empresa famliar

Vacío de la Herencia (mala fe) y realización de una ampliación de capital en la sociedad

El comentario analiza la sentencia de la Empresa Familiar COMERCIAL VASCONGADA RECALDE, S.A., cuyas acciones de la sociedad, según cláusula testamentaria del causante, que murió sin matrimonio e hijos, pasaron en manos de su hermano Isidro y su sobrino Idelfonso en calidad de legatarios. Pero anterior a la muerte del causante, este fue incapacitado y, en consecuencia, tutelado por su sobrino Ángel, éste último, era hermano e hijo de los futuros legatarios. Aprovechando la situación de incapacitación del testamentario, ejercitó los derecho políticos de la empresa para realizar una ampliación de capital, de 60.000 euros a 37.525.813 millones de euros, procediendo así a vaciar la herencia, impidiendo el reparto de la herencia futura en el momento de la muerte del causante para el resto de legatarios y herederos.
En un Juicio anterior, el Tribunal supremo acabó revocando el derecho de los legatarios a la posesión de las acciones de la empresa por incurrir en una cláusula “cautela socini” dispuesta por el testador en su propio testamento en el que preveía la privación del derecho a aquel que interviniera en su herencia”. Habiendoseles privado de sus derechos a los legatarios Isidro e Idelfonso, estos procedieron a interponer demanda contra la empresa familiar, cuyo litigio sobre el cual versa ahora dicha sentencia, es pretender la anulación de los acuerdos societarios de la Junta Universal celebrada por el heredero y albacea Abelardo, en ejercicio de los derechos políticos de la empresa, en la cual cesaron a Ángel como administrador de la sociedad y nombraron para el cargo a Lucio , y, por otra, acordaron dejar sin efecto los acuerdos adoptados en la junta universal celebrada por los legatarios el 22 de mayo de 2009.

La Sentencia objeto de análisis establece doctrina sobre el efecto directo del legado de cosa cierta, por el cual, el caudal hereditario pasa directamente a la posesión del legatario en el momento de la muerte del causante por ser la cosa o derecho inequívoco y estar identificados en el patrimonio del testador.

Procede o no, valorar e incluir en el FONDO DE COMERCIO de una empresa familiar en la liquidación de la sociedad de gananciales por motivo de divorcio

Impago pensiones por los nuevos socios respecto los antiguos socios

En el presente comentario se analiza la Sentencia de la Audiencia Provincial de Les Illes Balears, Sección 3ª, Sentencia 442/2012 de 2 Octubre de 2012.

El litigio versa sobre la deuda del impago de las pensiones que quedaron obligados los nuevos socios de una empresa familiar respecto con los antiguos socios, conforme así disponía un contrato de sucesión de empresa que firmaron las partes. Entre otras obligaciones no cumplidas e instadas en el contrato, sobre la obligación de los nuevos socios en reinvertir el 40% de los beneficios de la empresa en su propio desarrollo.

acción de reclamación del derecho de cobro de un préstamo

Sucesión y Subrogación empresa. Disolución de gananciales posterior por crisis matrimonial.

En el presente comentario se analiza la sentencia 662/2012 de 16 de Noviembre de 2012, de la Audiencia Provincial de Alicante.
En este comentario se estudia como elemento substancial, el supuesto de una empresa familiar, fundada por el padre del hoy demandante, que posteriormente, realizó una sucesión de empresa (artículo 44 Estatuto Trabajadores), por el que su hijo ocupó la llevanza de la empresa transformándola en una sociedad mercantil. En el momento de la subrogación de la empresa, el demandante se encontraba en un régimen de gananciales de su matrimonio. Tras una crisis matrimonial, la pareja se divorcia, llevando por consiguiente, la disolución y el liquidación del inventario de bienes.
El problema surge debido a que la demandada, cree que el 100% de las participaciones de la sociedad “Troqueles y Fotograbados Bonet, S.L.”, la sociedad de su marido (que ella no participa) corresponde al ACTIVO del inventario de la sociedad de gananciales, por escriturarse la Sociedad mercantil en un momento en que el matrimonio estaba ya vigente. Por el contrario, la parte actora afirma que las participaciones son 100% bienes privativos suyos, ya que la empresa de su padre(que posteriormente con una sucesión de empresa se transformó en una S.L), ya existía antes del matrimonio.
La peculiar circunstancia es el hecho de existir una subrogación de empresas, en diferentes momentos del matrimonio (el padre del demandante crea la empresa antes del matrimonio, y el actor la recibe ya vigente el matrimonio). También se estudia cómo se valoran las posteriores ampliaciones de capital que se realizaron en la mercantil, de forma que se cuestiona si estos aumentos de capital deben ser un crédito a añadir en el activo del inventario de la sociedad de gananciales.

Procede o no, valorar e incluir en el FONDO DE COMERCIO de una empresa familiar en la liquidación de la sociedad de gananciales por motivo de divorcio

Fondo de Comercio

En este comentario se analiza la sentencia núm. 433/2019 de 16 de Septiembre de 2019, de la Audiencia Provincial de Salamanca.
La cuestión que plantea el litigio es de especial importancia ya que declara si procede o no, valorar e incluir en el FONDO DE COMERCIO de una empresa familiar en la liquidación de la sociedad de gananciales por motivo de divorcio, además de declarar en la sentencia los requisitos para poder pedir su valor nominal y en qué momento se debe llevar a cabo dicha reclamación.