La edad del donante a efectos del ISD
El Tribunal Supremo entiende que el requisito de la edad, a efectos de la reducción en el ISD, es exigible a ambos cónyuges.
El Tribunal Supremo entiende que el requisito de la edad, a efectos de la reducción en el ISD, es exigible a ambos cónyuges.
El TEAR de Valencia entiende que siendo expreso el legado del ajuar, ésta no debe integrarse en el valor neto de la participación individual de los herederos no legatarios.
El TSJ de Asturias considera que son requisitos indispensables para considerar como actividad económica de una entidad la gestión de inmuebles para el arrendamiento los listados en el artículo 27.2 LIRPF.
El Tribunal Supremo entiende que no procede la nulidad del testamento otorgado por persona con discapacidad, aun cuando no se cumplieron los requisitos formales del artículo 665 del Código Civil, previa la reforma operada en 2021.
El Tribunal Supremo conserva la partición realizada por los herederos tras ser firme la preterición errónea de uno de los hijos en el testamento.
La Audiencia Provincial de Girona resuelve el contrato de compraventa de participaciones al no transmitirse junto a éstas la carga real impuesta por el pacto sucesorio.
El TEAC acuerda que, a falta de prueba por la recurrente, el préstamo concedido de una sociedad a otra del mismo grupo familiar no está afecto a la actividad de la primera. Asimismo, el préstamo participativo, a banda de su calificación como patrimonio neto a efectos contables y mercantiles en algún aspecto, debe considerarse como préstamo, incluyéndolo en el pasivo de la sociedad.
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de enero de 2016. El Tribunal Supremo entiende que, para aplicar la exención de empresa familiar, debe aplicarse cuando se ejercen materialmente funciones de dirección, con independencia de la denominación del cargo y de si en los Estatutos se prevé o no remuneración para los administradores.…
El Tribunal Supremo entiende que el valor del negocio familiar es colacionable a efectos de computar la legítima al entender que ni del testamento ni del instrumento de donación se infiere una mejora para el donatario/legitimario.
El Tribunal Supremo considera que es válida la cláusula testamentaria en que se designa, como administrador de los bienes de una herencia recibida por la hija de la causante menor de edad, a un tercero distinto del otro progenitor.