La acción de división de cosa común como medio para liquidar la comunidad postganancial
El Tribunal Supremo permite acudir al proceso de división de cosa común para liquidar una comunidad postganancial en la que tan solo existe un bien.
El Tribunal Supremo permite acudir al proceso de división de cosa común para liquidar una comunidad postganancial en la que tan solo existe un bien.
El TSJM considera que la transacción extrajudicial que interpreta un testamento no está sujeto al Impuesto sobre Donaciones por la cesión de derechos pactada en ella.
La existencia de un litigio civil sobre la herencia, que incida en la determinación de elementos esenciales del Impuesto sobre Sucesiones, puede suspender el procedimiento de recaudación.
El Tribunal Supremo incluye en el pasivo los gastos derivados de la ocupación de un local privativo por el negocio ganancial desde la disolución hasta la liquidación de la sociedad conyugal.
El Tribunal Supremo permite aplicar las deducciones y bonificaciones existentes al tiempo de desmembrarse el usufructo, con independencia de los cambios legislativos posteriores.
La DGSJFP permite cancelar el asiento registral de una sociedad que carece de activo y tiene un acreedor que no puede verse satisfecho, si consta en el balance dicha mención bajo la responsabilidad del liquidador.
El Tribunal Supremo reitera que el plazo de prescripción de la acción de responsabilidad por deudas es el mismo que el de la obligación garantizada.
El Tribunal Supremo reduce la cuantía de la pensión compensatoria al verse reducido el desequilibrio económico entre los cónyuges tras el reconocimiento de una indemnización por razón de trabajo.
En el ejercicio del derecho de separación por falta de reparto de dividendos, no procede computar los dividendos recibidos en varias sociedades integradas en un grupo horizontal empresarial.
La Audiencia Provincial de Barcelona sostiene que los contratos firmados en infracción del deber de lealtad no son necesariamente nulos, sino que deberá examinarse de conformidad con el art. 232 LSC.