La desheredación por abandono de los hijos en el Código Civil
El Tribunal Supremo exige que, a efectos de desheredación por maltrato de obra por abandono o menosprecio de los hijos, exista un daño psicológico que sea imputable a los mismos.
El Tribunal Supremo exige que, a efectos de desheredación por maltrato de obra por abandono o menosprecio de los hijos, exista un daño psicológico que sea imputable a los mismos.
En caso de existir deudas tributarias devengadas, pero no exigibles, es necesario la consignación de las cantidades para proceder al reparto del haber social.
La Audiencia Provincial considera que la desheredación puede realizarse con expresiones genéricas, siempre que no sean ambiguas o conduzcan a confusión.
El Tribunal Supremo sostiene que solo la vulneración del derecho a la información que sea esencial conocer para deliberar y votar puede ser causa para impugnar los acuerdos sociales.
Para inscribir un cuaderno particional efectuado por contador-partidor no es preciso notificación alguna a la legitimaria.
Para la valoración de las participaciones debe tomarse en cuenta el balance aprobado a fecha de liquidación, al favorecerse el mayor acercamiento a la realidad económica existente.
La DGSJFP considera que, en la sustitución fideicomisaria de residuo, solamente pueden entenderse incluidas las facultades de disponer mortis causa si se establece expresamente.
Comentario a la Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 13 de diciembre de 2023. La DGSJFP, aplicando una interpretación restrictiva, impide los actos de donación sobre bienes heredados con cláusula de sustitución fideicomisaria de residuo que ni los permite ni los veda. Resolución Comentario Materia Materia Civil. Sucesiones. Sustitución…
El Tribunal Supremo considera que las pérdidas fiscales derivadas de donaciones deben excluirse del cómputo a efectos tributarios, pero no las ganancias derivadas de la misma.
Los gastos realizados por uno de los cónyuges en bienes gananciales durante la comunidad postganancial pueden liquidarse en el inventario ganancial, sin tener que acudir a posterior juicio declarativo.