Artículos y contenidos relacionados con la política fiscal que pueden interesar a los gestores de la empresa familiar.
Para la valoración de las participaciones debe tomarse en cuenta el balance aprobado a fecha de liquidación, al favorecerse el mayor acercamiento a la realidad económica existente.
El Tribunal Supremo considera que las pérdidas fiscales derivadas de donaciones deben excluirse del cómputo a efectos tributarios, pero no las ganancias derivadas de la misma.
El TSJM considera que la transacción extrajudicial que interpreta un testamento no está sujeto al Impuesto sobre Donaciones por la cesión de derechos pactada en ella.
La existencia de un litigio civil sobre la herencia, que incida en la determinación de elementos esenciales del Impuesto sobre Sucesiones, puede suspender el procedimiento de recaudación.
El Tribunal Supremo permite aplicar las deducciones y bonificaciones existentes al tiempo de desmembrarse el usufructo, con independencia de los cambios legislativos posteriores.
Las adquisiciones en vida del causante no pueden acumularse en la herencia a los efectos de aplicar la reducción por parentesco, siempre que la fecha de devengo de la primera sea anterior a julio de 2021.
El TEAR de Madrid cambia su doctrina y considera que los excesos de adjudicación en la disolución de la sociedad de gananciales no están sujetos al ISD.
El TEAC reitera su criterio de que el diferimiento de la tributación de la ganancia patrimonial aflorada por la donación de participaciones se aplica sobre la parte afecta a la actividad económica.
El TSJM considera que las participaciones sociales no fueron dadas en usufructo de disposición junto con otros valores mobiliarios, al entender que su voluntad era evitar que la viuda careciera de liquidez y no puede considerarse dichas participaciones como bienes de fácil enajenación y carentes de importancia.
El Tribunal Supremo entiende que el requisito de la edad, a efectos de la reducción en el ISD, es exigible a ambos cónyuges.