Las facultades del legitimario
El Tribunal Supremo señala que el legitimario que se le satisfacen sus derechos mediante legado carece de legitimación activa para ejercitar la acción de desahucio por precario.
El Tribunal Supremo señala que el legitimario que se le satisfacen sus derechos mediante legado carece de legitimación activa para ejercitar la acción de desahucio por precario.
El TSJ de Catalunya refuerza la equiparación total de los hijos adoptivos a efectos de pactos sucesorios y señala que realizar una interpretación contraria a la misma exige una verdadera constatación de dicha voluntad.
La falta de los presupuestos para considerarse pareja de hecho no impide la aplicación de la ineficacia sobrevenida de disposiciones testamentarias en caso de cese de convivencia.
La DGSJFP determina que, en principio, no es exigible la notificación al desheredado para inscribir la adjudicación de la herencia, siempre que reúna una serie de requisitos mínimos.
A efectos del Derecho foral aragonés, la desheredación por privación indebida de alimentos exige que se hayan reclamado de forma expresa, aunque no es necesario que fuera judicialmente.
En las sucesiones sometidas al Derecho civil vasco, el descendiente instituido legatario en legítima estricta en testamento otorgado conforme al derecho común, cunado concurra con otro descendiente instituido heredero, debe entenderse apartado.
El TSJ de las Islas Baleares niega la revocabilidad por ingratitud de una donación con pacto de definición.
La DGSJFP aboga por una interpretación flexible de los requisitos de la partición hecha por el testador, admitiendo particiones parciales.
El Tribunal Supremo exige que, a efectos de desheredación por maltrato de obra por abandono o menosprecio de los hijos, exista un daño psicológico que sea imputable a los mismos.
La Audiencia Provincial considera que la desheredación puede realizarse con expresiones genéricas, siempre que no sean ambiguas o conduzcan a confusión.