La obligación de asistencia a la Junta de los administradores
La DGSJFP considera que la falta de presencia de los administradores en la Junta produce, como regla general, la nulidad de la misma.
La DGSJFP considera que la falta de presencia de los administradores en la Junta produce, como regla general, la nulidad de la misma.
El TSJCat arroja luz sobre la necesidad de que el desheredamiento por ausencia continuada y manifiesta de relación con el causante sea consecuencia exclusiva del comportamiento del legitimario.