Renuncia tácita a la compensación económica por razón de trabajo
El Tribunal Supremo confirma la compensación por razón de trabajo a pesar de que en el convenio de separación ésta no fuera abordada.
El Tribunal Supremo confirma la compensación por razón de trabajo a pesar de que en el convenio de separación ésta no fuera abordada.
El Tribunal Supremo fija el plazo de caducidad para la reducción de disposiciones inoficiosas en 5 años y considera el dies a quo la fecha de fallecimiento del causante.